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Subvenciones para favorecer el relevo en actividades y oficios tradicionales en Castilla-La Mancha

18/10/2023

Subvenciones para favorecer el relevo en actividades y oficios tradicionales en Castilla-La Mancha

Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales, las cooperativas, las comunidades de bienes y las entidades sin ánimo de lucro.

Objeto y finalidad.

Regular la concesión directa de subvenciones dirigidas a financiar parcialmente los costes laborales por la formalización de contrataciones y de transformaciones de contratos formativos en indefinidos para favorecer el relevo en actividades y oficios tradicionales en Castilla-La Mancha, a través de las siguientes líneas:

a) Línea 1. Ayudas para la formalización de contratos de formación para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios en actividades y oficios tradicionales y su posterior transformación en contratos indefinidos, reguladas en la Sección 1ª del Capítulo II.

b) Línea 2. Ayudas para la contratación indefinida en actividades y oficios tradicionales, reguladas en la Sección 2ª del Capítulo II.

c) Línea 3. Ayudas para la transformación en contratos indefinidos de contratos formativos en actividades y oficios tradicionales, reguladas en la Sección 3ª del Capítulo II.

La finalidad de estas subvenciones consiste en facilitar la formación práctica en las distintas actividades y oficios tradicionales en Castilla-La Mancha y el acceso al empleo de calidad dentro de los mismos, dando respuesta adecuada a la necesidad de personal cualificado que haga posible el relevo, con especial incidencia en actividades y oficios en riesgo de desaparición, así como en aquellos en los que las técnicas empleadas están declaradas Bien de Interés Cultural, con categoría de Bien Inmaterial.

Bases reguladoras

En este decreto se regulan las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para favorecer el relevo en actividades y oficios tradicionales en Castilla-La Mancha.

Cuantía de las subvenciones

Las entidades beneficiarias podrán recibir una subvención por los siguientes importes, en función de la línea de que se trate:

a) Línea 1: 6.000 € por contrato para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios en actividades y oficios tradicionales, a jornada completa y con una duración de un año, salvo que el convenio colectivo de aplicación determine una duración inferior, en cuyo caso importe será proporcional a la duración del mismo y 8.000 € por cada uno de los dos primeros años del contrato indefinido.

b) Línea 2: 8.000 € por cada uno de los tres años de mantenimiento obligatorio del puesto de trabajo por la formalización de un contrato indefinido en actividades y oficios tradicionales a jornada completa.

c) Línea 3: 8.000 € por cada uno de los tres años de mantenimiento obligatorio del puesto de trabajo, del contrato indefinido a jornada completa en actividades y oficios tradicionales por transformación de un contrato formativo.

Plazo y forma de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2023 comenzará el día siguiente al de la publicación de este decreto y su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y finalizará el día 15 de noviembre de 2023, teniendo en cuenta lo siguiente:

 a) Las solicitudes de ayudas referidas a las actuaciones subvencionables realizadas desde el 1 de septiembre de 2023 hasta el día anterior a la fecha de entrada en vigor del presente decreto, deberán presentarse en el plazo máximo de un mes, a contar desde dicha entrada en vigor.

b) Las solicitudes de ayudas referidas a las actuaciones subvencionables realizadas a partir de la fecha de entrada en vigor del presente decreto, deberán presentarse en el plazo máximo de diez días desde la fecha de inicio de la relación laboral.

Las solicitudes se dirigirán a la dirección general competente en materia de empleo y se presentarán de forma telemática con firma electrónica a través del formulario incluido como anexo III, al que se acompañará el formulario incluido como anexo IV, que se encuentran en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha https://www.jccm.es/